La autonomía judicial de los judíos de Zaragoza: la normativa de 1376

Autores/as

  • Asunción Blasco Martínez Universidad de Zaragoza

DOI:

https://doi.org/10.3989/sefarad.1992.v52.i2.961

Resumen


La aljama de los judíos de Zaragoza, como otras de Aragón, gozaba de ciertas prerrogativas judiciales controladas por la Corona, en virtud de las cuales los judíos estaban capacitados para dirimir los litigios suscitados entre ellos: existía un tribunal que se ocupaba de las cuestiones civiles (el bêṯ-dîn), otro especial, que se encargaba de juzgar a los delatores o malsines, y un juez de apelaciones judío designado por la comunidad. En el presente artículo se analiza el desarrollo de esta autonomía a lo largo de los siglos XXIII-XIV y se estudia el reglamento judicial de 1376 de Pedro el Ceremonioso, que en líneas generales se mantuvo vigente hasta el momento de la expulsión.

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Publicado

1992-12-30

Cómo citar

Blasco Martínez, A. (1992). La autonomía judicial de los judíos de Zaragoza: la normativa de 1376. Sefarad, 52(2), 323–336. https://doi.org/10.3989/sefarad.1992.v52.i2.961

Número

Sección

Estudios